Popayán, abril 21 de 2.009
Compañero:
TARSICIO MORA
Presidente y demás integrantes del COMITE EJECUTIVO CUT NACIONAL
Referencia: Réplica al oficio 00778 del 15 de abril de 2.009.
Compañeros - as -
Conocido el oficio 0778, es obligación replicar los argumentos con los cuales justifican la no convocatoria para elegir el Comité Ejecutivo de la CUT Regional Cauca, argumentos errados e ilegales dentro de la democracia sindical, por los siguientes hechos:
.- El Estatuto de la Central como máxima autoridad para la orientación y definición de los aspectos de la vida sindical, expresa que el período para ejercer el cargo de ejecutivo son 4 años, este es el mandato y por lo tanto no está condicionado a la situación de uno u otro sindicato como filial de la CUT.
.- Desde hace más de una década se viola en forma reiterada el Estatuto en este aspecto, con diversas justificaciones logran permanecer cerca de siete años, ejemplo muy bien copiado por los integrantes del Comité Ejecutivo de FECODE.
.- No es lógico y menos leal, señalar a ASOINCA como causante para no convocar la elección del Comité Ejecutivo de la CUT Cauca, que sobrepasan los siete años de estar en dichos cargos.
.- De acuerdo a la reglamentación lo lógico es definir la fecha de la elección y cada filial se debe atemperar a dichos criterios y si no los cumple no podrá participar; por ello no compartimos que coloquen una deuda que para nada tiene que ver con la CUT, como argumento para negarse a orientar este proceso eleccionario en el Cauca.
.- Estamos de acuerdo que la deuda la debemos aclarar y definir con FECODE, porque cuando se reformó la cuta Federal del 10 al 15 % se realizó bajo la condición que ese 5% era el aporte a la CUT, la cual según sus reglamentos la distribuyen a las regiones; así que esto, no justifica dilatar el proceso de elecciones en el Cauca.
.- Es conveniente informarles que la contradicción entre ASOINCA y FECODE sobre el pago del 15 % de cuota federal radica en no respetar el Estatuto que rige al sindicato en esta materia, el cual establece el 0.3 % del salario como cuota sindical y de ese total aportar el 15 % a la federación, cualquier otra condición, implica violar el Estatuto, lo cual como sindicato de base no estamos en disposición de hacerlo.
En esta discusión, hemos realizado 8 propuestas de pago sin llegar a un acuerdo, lo que debe quedar claro es que en ningún momento hemos desconocido este deber y jamás propendemos por la desafiliación, lo que exigimos es el respeto al Estatuto que nos rige.
.- En el peor de los casos, lo que deben es tomar decisión de no permitir la participación de ASOINCA y tal como sucedió con FECODE sabremos como orientar a las bases para lograr la participación.
.- En tales condiciones, no es justo dilatar este proceso y como sindicato mayoritario, les solicitamos que AUTORICEN al COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL CAUCA para que definan y orienten este proceso, para lo cual ASOINCA está dispuesta a financiar parte de los gastos que genere esta elección.
Sin otro particular, nos suscribimos de ustedes,
Atentamente,
Fernando Vargas N. Mario Gentil Daza G.
Presidente Secretario General
María del C. Valencia P. Gerardo Pavi R.
Directiva Directivo
Rosalba Garzón Z. Miguel A. Burbano
Tesorera Directivo
José Elías Chanchí A. Tito Roberto Torres
Fiscal Directivo
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