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Resolucion sobre Calendario Escolar

Jueves, 04 Junio, 2009 (1293 lecturas)

Las inconsistencias de la Resolución sobre calendario escolar, Asoinca logra que se corrijan y se respete la semana de capacitación en el receso escolar y las dos semanas de vacaciones de mitad de año. La Resolución es.

RESOLUCION No. 4524 del 3 de junio de 2.009

Por la cual se modifica parcialmente Resolución No. 8821 de Noviembre 24 de 2008, sobre CALENDARIO ACADEMICO GENERAL, AÑO 2009, para las Instituciones y Centros Educativos Oficiales, ubicados en los municipios No Certificados del Departamento del Cauca, que ofrecen Educación Formal en los Niveles de Educación Preescolar, Básica Ciclos de Primaria y Secundaria y Educación Media Académica y Técnica, Calendario A, y se dictan otras disposiciones.

LA SECRETARIA DE EDUCACION Y CULTURA DEL DEPARTAMENTO DEL CAUCA, en uso de las atribuciones legales conferidas en las Leyes 115 de 1994 y 715 de 2001, el Decreto Nacional No. 1850 de 2002, y

C O N S I D E R A N D O

La Secretaria de Educación y Cultura del Departamento mediante Resolución No. 8821 de Noviembre 24 de 2008, estableció el Calendario Académico General para el año escolar 2009, de las Instituciones y Centros Educativos Estatales, ubicados en los municipios no certificados del Departamento del Cauca, que ofrecen Educación Formal en los Niveles Educativos de Preescolar, Básica y Media, Calendario "A".

En la Resolución No. 8821 de Noviembre 24 de 2008, la Secretaria de Educación y Cultura del Departamento, estableció el receso de Semana Santa comprendido del 6 al 10 de Abril de 2009, como receso estudiantil y semana de vacaciones para Supervisores de Educación, Directores de Núcleo Educativo, Docentes Directivos y Docentes.

Mediante Circular No. 034 de Abril 2 de 2009, la Secretaria de Educación y Cultura del Departamento, impartió orientaciones a "Directivos Docentes y Docentes, de los diferentes establecimientos educativos, para que de manera institucional coordinada se establezca, durante los días 6 al 10 de Abril de 2009 continuación del trabajo sobre Planes de Mejoramiento Institucional. Esta actividad no es presencial y deberá ser reportada por los Docentes a sus Directivos hasta la fecha abril 30 de 2009"

Con las orientaciones impartidas por la Secretaria de Educación y Cultura del Departamento del Cauca, en la citada providencia, se modificó el período de Semana Santa establecido como vacaciones para Directivos Docentes y Docentes de los municipios no certificados, según Resolución No. 8821 de 2008.

El Decreto No. 1850 del año 2002 en su Artículo 14 establece siete (7) semanas de vacaciones para Docentes y Directivos docentes, en consecuencia y con fundamento en lo anterior, se debe compensar la semana del 6 al 10 de Abril de 2009, con la inclusión de una (1) semana de vacaciones, dentro del calendario escolar del presente año.

En mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E

ARTICULO PRIMERO. Modificar parcialmente el Artículo Primero de la Resolución No. 8821 de 2008, en el sentido de expresar que el periodo de vacaciones correspondientes al PRIMER PERIODO SEMESTRAL LECTIVO para Supervisores de Educación, Directores de Núcleo Educativo, Docentes Directivos y Docentes de los establecimientos educativos Oficiales, ubicados en los municipios no certificados del Departamento del Cauca, es de DOS (2) Semanas, comprendidas del SEIS (6) de Julio del 2009 al DIEZ Y SIETE (17) Julio del mismo año.

PARAGRAFO. La semana comprendida del TREINTA (30) de Junio de 2009 al TRES (3) de Julio del mismo año y que hace parte del receso estudiantil, será el período dedicado por los Directivos Docentes y Docentes a la capacitación en las diferentes modalidades programadas por la Secretaría de Educación y Cultura del Departamento del Cauca.

ARTICULO SEGUNDO. Las partes no modificadas de la Resolución No. 8821 del 24 de Noviembre del año 2008, continúan vigentes.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Popayán, a los 3 de junio de 2.009.

DEYFAN SILVA MENESES

Secretaria de Educación y Cultura del Departamento

Revisaron : Darío Moreno Arteaga - Coordinador Programa Técnico Pedagógico

María Cecilia Rodríguez M. - Grupo de Inspección y Vigilancia.

Proyectaron: Leonel Alfonso Pino B. Wilfrido Quiñones Portocarrero y Fabio Ramos - Supervisores de Educación

 

"La presente, corresponde al original de la Resolución No. 4524 de fecha 03 de Junio de 2009, firmado por la Secretaria de Educación y Cultura del Departamento."

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